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Por el año de 1855 algunos vecinos deseando quitarse el carácter de
Hacienda y constituirse en Pueblo y Municipio Libre después,
comenzaron a trabajar para que Ojuelos se erigiera en Municipalidad, lo
que se consiguió por Decreto del 12 de Febrero de 1862, expedido por la
Legislatura del Estado de Zacatecas para sólo la mitad de la población,
pues la otra mitad pertenecía al Estado de Jalisco, pasando la línea que
divide los dos estados, por una de las calles del centro, anomalía que
daba como resultado un completo desorden por las distintas autoridades
de los diferentes Estados, que nunca pudieron estar acordes para
establecer las garantías individuales, pues las personas que cometían
ilícitos, evadían la acción de la justicia con facilidad, esto con sólo
pasarse de un estado a otro, quedando así impunes la mayor parte de los
delitos.
Por su parte el Estado de
Zacatecas al tener ya una fracción de Ojuelos como Municipalidad,
estableció oficinas de rentas del Municipio y del Estado y a ellas
debían hacer sus pagos los causantes conforme a la ley. Los comerciantes
de una y otra parte se hostilizaban porque unos podían dar más barato
que otros, en razón de que en Jalisco no tenían que hacer pago alguno
por falta de oficinas que los requirieran, esto desde luego por no ser
municipio en éste Estado.
Por todo éste tipo de cosas y
otras más, varias representaciones, dirigidas a los Congresos de los
Estados tanto de Zacatecas como de Jalisco y al mismo Congreso de la
Unión, pidieron por conducto del Sr. Domingo Macías, que Ojuelos debería
en su total de población y territorio municipal pertenecer a un sólo
Estado, para acabar así con los múltiples problemas que iban encausando
a ésta población a su ruina.
El Sr. Domingo Macías ayudó a
resolver éste conflicto entre los mencionados Estados, ya que
representaba un problema de índole comercial judicial y otros muchos no
menores.
Sin tener respuesta de ninguna de
las Honorables Cámaras y después de haber pasado como 10 años de esperar
inútilmente la resolución de este grave conflicto, Don Domingo resolvió,
con la mayoría de los vecinos, simular un movimiento, desconociendo a
los poderes del Estado de Zacatecas y adhiriéndose a los de Jalisco el
20 de Febrero de 1873, llamando de ésta manera la atención y provocando
un arreglo entre los gobiernos de ambos Estados, conforme los principios
constitucionales, uniéndose la población y perteneciendo toda
definitivamente al Estado de Jalisco mediante una premusa que Jalisco
celebró con Zacatecas al siguiente año.
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Ojuelos era Municipio Libre; por fin el 22 de Septiembre del año de
1874, fue expedido por la Legislatura de Jalisco el Decreto No. 411, que
reza como sigue:
"Al
margen un sello que dice:
Jefatura Política del 2o. Cantón
del Estado de Jalisco y dentro:- “En Ojuelos a
Diez y seis de Junio de
Mil ochocientos setenta y cuatro, reunidos los
Ciudadanos Luciano de la
Rosa, Jefe Político del Partido de Pinos y
Comisionado por el Supremo
Gobierno del Estado de Zacatecas y Licenciado
Camilo Anaya Anaya, Jefe
Político del 2o. Cantón de Lagos y Comisionado a
la vez por el Supremo
Gobierno del Estado de Jalisco, cuyos encargos
acreditan recíprocamente
con los nombramientos respectivos, con objeto de
determinar la línea
divisoria o limítrofe entre ambos Estados en la parte cedida por el
primero al segundo, conforme al convenio celebrado en Diez y ocho de
Noviembre del año próximo pasado entre los Ciudadanos Juan Alatorre
comisionado por el referido Gobierno del Estado de Jalisco y el
Ciudadano Gabriel García Gobernador del Estado de Zacatecas y ratificado
por el soberano Congreso de la Unión en Treinta de Abril último,
procediendo de conformidad con el dispuesto en Articulo 1o. del citado
convenio, a fijar y determinar el centro de la plaza principal de la
población; hecho lo cual y medido un cordel de cincuenta varas usuales
ante los testigos que al fin de ésta acta se mencionan y multitud de
circunstancias, se comenzaron a medir y se midieron, tomando por punto
de partida el designado previamente como céntrico de la plaza principal,
conocida con el nombre de “5 de Mayo” y determinando con la brújula el
Viento Norte con 42º al Este sobre el territorio del Estado de
Zacatecas, veinticinco cuerdas que remataron fuera de los suburbios, en
un llano contiguo a un lienzo de potrero, en donde se dispuso se
señalara como punto de partida para las demás líneas. De este lugar,
designado con la brújula el Viento Sur con 48º al Este, se midieron
hacia él veinticinco cuerdas que remataron dentro de potrero y junto a
un borde, en la labor nombrada del “Capote” en cuyo termino se ordenó
levantar señal de mojonera. Enseguida y vueltos a colocar los exponentes
en el lugar designado en el punto de partida y determinando con la aguja
el rumbo Norte con 48° al Oeste, se midieron hacia él veinticinco cuerda
que determinaron en otro potrero donde igualmente se mando fijar una
señal de mojonera. A continuación se dispuso que de las mojoneras Nor
Oeste y Sur Este enunciadas, o tiraran hacia el Estado de Jalisco dos
líneas paralelas a la que se sacó del centro de la plaza y que son las
que quedan por los límites de la parte cedida por el Estado de Zacatecas
al de Jalisco; quedando con esto designado el límite divisorio de ambos
estados y con el Partido de Pinos; no completando el cuadrado
rectangular, por ser los de más terreno hacia donde debieron prolongarse
las referidas líneas respectivas, del Estado de Jalisco.- con lo que
concluyó el acto, quedando el Sr. Anaya recibido de la parte dividida,
sentándose para la debida constancia; y para que obre los efectos
ulteriores a que se contrae se levantó la presente acta por duplicado y
con el carácter ya relacionando, firmando ambos comisionados, siendo
testigos los ciudadanos Domingo Macías, Rafael Romo y Antonio Sánchez,
mayores de toda excepción; advirtiendo que fueron caloneros los
ciudadanos. Anastacio Rodríguez, Toribio Beltrán y Faustino Amaya, todos
vecinos de esta población, Luciano de la Rosa.- Una Rúbrica, Camilo
Anaya.- Una Rúbrica, Domingo Macías.- Una Rúbrica.- Rafael Romo.- Una
Rúbrica.- Antonio Sánchez.- Una Rúbrica Es copia compulsada de su
original."
Otra de las Actas y Copia del
Decreto del Municipio es la siguiente y que da como resultado que el
pueblo de Ojuelos, todo sea del Estado de Jalisco:
“IGNACIO L. VALLARTA, Gobernador
Constitucional del Estado de Jalisco, a los habitantes del mismo, sabed:
Que por la Secretaría de la Legislatura se me ha comunicado el siguiente
Decreto: “Núm. 411.- El pueblo de Jalisco, representado por su Congreso,
Decreta: Art. único. Se erige una municipalidad en el 2o. Cantón del
Estado, cuya cabecera será el pueblo de Ojuelos, correspondiendo lo que
hoy forma la Comisaría de este nombre y los ranchos y haciendas
contenidos dentro de los siguientes límites: al Oriente y al Norte hasta
lindar con el Estado de Zacatecas; por el Poniente, Matancillas, Campos,
Corral de Piedra, Presa y Ceja de Torres; y por el Sur, Cedro, Jaras,
Amarillas, Charco de la Milpa, San José de Arriba y Soledad. Art. 2o. La
elección de autoridades que corresponde al Municipio de Ojuelos tendrá
lugar el día que designa el Decreto Núm. 408, y el nuevo ayuntamiento
cuidara de formar luego su presupuesto para los meses que faltan del
corriente año fiscal y remitirlo a la Cámara para su examen y
aprobación. Salón de Sesiones del Congreso del Estado. Guadalajara
Septiembre 22 de 1874. José de J. Camarena, Diputado Presidente.- Daniel
Pérez Lete, Diputado Secretario, Pablo Vázquez, Diputado Prosecretario”.
Por tanto mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido
cumplimiento, Palacio de Gobierno del Estado.- Guadalajara, Septiembre
23 de 1874.- IGNACIO L. VALLARTA, FERMIN G. RIESTRA, Secretario.-
617- (6).
Ojuelos Junio 17 de 1874.-
Francisco Ezquivel.- Una Rúbrica Secretario.
La presente es copia fielmente
sacada del original de la misma."
Nota: 1 Vara = 87 cms.
1 Cuerda = 50 mts.
Después de todo lo anterior se
abrió una época de prosperidad y engrandecimiento, se fomentó en grandes
proporciones la construcción de fincas con gran entusiasmo que en pocos
años quedo en forma tal una población que en su estructura, puede
rivalizar con otras del Estado. Se formaron calles rectas y bien
delineadas, una gran construcción que es El Parían que consta de 96
arcos y una gran portada de estilo Gótico como ninguna en la república;
El Parían conocido también como Plaza Hidalgo es de planta rectangular
con acceso en dos de sus lados y corredores en los otros dos, dicha
portada y sus arquerías son de cantera gris claro con decoración de
guirnaldas en relieves; en el centro de dicha plaza muestra una fuente
circular.
Un espacioso jardín “Plaza 5 de
Mayo”, una Escuela de Artes y Oficios, que sólo quedó parte de su
estructura; un Hospicio con un frente que era una réplica del Partenón
de Grecia, éste edificio por desgracia desapareció en los años de
1957-1958 en que fue vendido por el Ayuntamiento de esas fechas a la
Cía. Nestlé para en ese lugar edificar una enfriadora de leche, dicha
compañía arrasó con ese edificio, desapareciendo así un orgullo
arquitectónico único de esta población sin que ninguna autoridad
superior interviniera para que no hubiera sucedido ésta gran barbaridad;
igualmente fueron construidos en el año de 1880 edificios como el Curato
que hasta la fecha es la Casa Parroquial, un Asilo para ancianos, donde
actualmente es el Colegio Particular Incorporado de Primaria “Miguel
Hidalgo” y la secundaria “Profr. Jesús Ibarra López”, también en esos
años fue construido El Parían al que aludimos antes, así como otros
edificios que nos honran con su existencia. Entre las edificaciones de
carácter religiosos destacan: El Templo de la Virgen de Guadalupe,
siendo su fachada principal de cantera rosa, con torre de un cuerpo que
remata en linternilla sobre capulín. El interior tiene planta de cruz
latina; los arcos de las naves decoradas con relieves vegetales y
retablos neoclásicos.
El Templo de la Virgen del
Refugio, data del siglo XIX, con fachada de cantera blanca y el segundo
nivel tiene barandal de hierro forjado. La portada es semicircular,
formado un pórtico de dos cuerpos con fuertes columnas de la misma
cantera. El interior tiene planta de cruz griega y bóvedas de arista; en
el altar principal resalta un ciprés de cantera que aloja la imagen de
la Virgen, flanqueado por pares de columnas corintias.
El Templo Parroquial de San José
estilo neoclásico fue construido en el siglo XVIII, se le dio el título
de Parroquia el 27 de Diciembre de 1802 y fue reconstruida su fachada
con cantera roja en los años de 1972 por el entonces Señor Cura José
Robledo, este templo parroquial fue construido por Franciscanos.
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